sábado, 4 de agosto de 2012

Enseñanza del instrumento: La programación y las unidades didácticas
Presentación
Curso Homologado con 7 créditos por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Los cursos que imparte IFIDMA se homologan con créditos a través del Convenio que esta entidad tiene suscrito con el Ministerio de Educación.

FECHAS:Del 3 de octubre al 13 de noviembre de 2012.
INSCRIPCIÓN:Hasta el 2 de octubre de 2012.
RESERVAS:El envío de la solicitud de inscripción NO da derecho a reserva de plaza. Dicha reserva se obtiene al abonar la matrícula.
Nº HORAS:70 h. / 7 créditos.
Nº PLAZAS:30 alumnos.
MODALIDAD:Curso on-line.
PROFESORADO:Israel Mira (Director y Tutor).
Pilar Martín Gila (Coordinadora y Tutora técnica).

MATRÍCULA:120 EUR
DESCUENTOS:100 EUR para alumnos que han realizado durante el último año algún curso con IFIDMA.

DIRIGIDO A:Esta actividad es válida para profesorado y personal especializado de toda España que ejerza o haya ejercido en alguna ocasión en centros públicos y privados, en los que se impartan enseñanzas de régimen general y de régimen especial, y en servicios de apoyo a los mismos.
Niveles a los que se dirige:
  • Profesores de Enseñanzas Artísticas.

DESCRIPCIÓN:Esta actividad on-line pretende ser un curso práctico a través del cual, partiendo del conocimiento legislativo en cuanto a programación sobre la enseñanza musical, se pueda realizar una programación didáctica, teniendo en cuenta el Proyecto Educativo, desarrollando los elementos que ésta contiene como son el método, los materiales didácticos empleados o las Unidades Didácticas.

EN CONVENIO CON:

http://www.conservatoriovirtual.com/cursos_ficha.asp?Curso=109

jueves, 15 de diciembre de 2011


 
Estimado/a amigo/a.
 
Te informamos que acabamos de abrir la inscripción para los CURSOS ON-LINE HOMOLOGADOS DE FORMACIÓN DE PROFESORADO,correspondientes a FEBRERO-ABRIL 2012. Los cursos que imparte IFIDMA se homologan a través de Convenio por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Estos cursos son válidos para profesorado y personal especializado de toda España que ejerza o haya ejercido en alguna ocasión en centros públicos y privados, en los que se impartan enseñanzas de régimen general y de régimen especial, y en servicios de apoyo a los mismos. Las actividades son válidas como méritos en oposiciones, concursos de traslado, sexenios, etc.

Los cursos también son válidos para docentes de otros países.
Información e inscripciones:
Tel. 914042658
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sábado, 15 de octubre de 2011

Características de la Investigación científica

Extraido de: "Tu primer trabajo en investigación musical" Autor: Israel Mira

Investigar proviene del latín “investigare” que significa “Realizar indagaciones para descubrir algo”. Investigando se aporta un nuevo conocimiento, descubrimientos, soluciones, invenciones, teorías y paradigmas a través del método científico.

Este papel atribuido esencialmente a las universidades las ha convertido a éstas en verdaderas entidades de Educación Superior. Los conservatorios superiores como centros de enseñanza superior, no podían quedar al margen y junto a la interpretación y la composición en la alta especialización, es lo que va diferenciar a estos centros de otro tipo de centros de enseñanza musical.

Caivano, J. L. (1995), afirma que: La investigación científica no está restringida a las ciencias naturales o a las ciencias exactas. Puede hablarse de investigación científica también en artes, humanidades, política, sociología, etc. Incluso un tema de actualidad puede recibir un tratamiento científico. La cientificidad no está en el tema en sí, sino en el tratamiento del mismo”.

El mismo autor indica que los requisitos para que una investigación pueda considerarse científica son:

Especificidad: La investigación debe referirse a un objeto claramente definido y aplicar las consecuencias en principio sólo a ese objeto…..  El término objeto no tiene necesariamente un significado físico. También la raíz cuadrada es un objeto aunque nadie la haya visto nunca...

  Objetividad: No se debe afirmar algo de lo que no pueda aportarse datos, pruebas o justificaciones posibles de ser contrastadas. La opinión o la convicción personal por sí solas no sirven, ya que ciertas cosas son de una determinada manera más allá de lo que uno crea. ……

  Novedad: La investigación debe apuntar a decir algo nuevo, o bien tratar sobre algo conocido con una nueva visión…….

  Reproducibilidad: Cualquier otro investigador debe poder rehacer una investigación dada, sea para arribar a los mismos resultados o para encontrar falencias que deban ser superadas…..

  Falsabilidad: Un enunciado científico debe afirmar algo de lo cual pueda argumentarse que sea verdadero o falso, que tenga la posibilidad de ser confirmado o refutado.


Otros autores concretan las características específicas de la ciencia en:
 Objetividad: se intenta obtener un conocimiento que concuerde con la realidad del objeto, que lo describa o explique tal cual es y no como desearíamos que fuese. Lo contrario es subjetividad, las ideas que nacen del prejuicio, de la costumbre o la tradición. Para poder luchar contra la subjetividad, es preciso que nuestros conocimientos puedan ser verificados por otros.
Racionalidad: la ciencia utiliza la razón como arma esencial para llegar a sus resultados. Los científicos trabajan en lo posible con conceptos, juicios y razonamientos, y no con las sensaciones, imágenes o impresiones. La racionalidad aleja a la ciencia de la religión y de todos los sistemas donde aparecen elementos no racionales o donde se apela a principios explicativos extra o sobrenaturales; y la separa también del arte donde cumple un papel secundario subordinado, a los sentimientos y sensaciones.
Sistematicidad: La ciencia es sistemática, organizada en sus búsquedas y en sus resultados. Se preocupa por construir sistemas de ideas organizadas coherentemente y de incluir todo conocimiento parcial en conjuntos más amplios.
Generalidad: la preocupación científica no es tanto ahondar y completar el conocimiento de un solo objeto individual, sino lograr que cada conocimiento parcial sirva como puente para alcanzar una comprensión de mayor alcance.
Falibilidad: la ciencia es uno de los pocos sistemas elaborados por el hombre donde se reconoce explícitamente la propia posibilidad de equivocación, de cometer errores. En esta conciencia de sus limitaciones, es donde reside la verdadera capacidad para autocorregirse y superarse.

            Sobre las características de la investigación científica, Tamayo y Tamayo, M. (1998), expone que “La investigación recoge conocimientos o datos de fuentes primarias y los sistematiza para el logro de nuevos conocimientos. No es investigación confirmar o recopilar lo que ya es conocido o ha sido escrito o investigado por otros. La característica fundamental de la investigación es el descubrimiento de principios generales”…….

“La investigación debe ser objetiva, es decir, elimina en el investigador preferencias y sentimientos personales, y se resiste a buscar únicamente aquellos datos que le confirmen su hipótesis; de ahí que emplea todas las pruebas posibles para el control crítico de los datos recogidos y los procedimientos empleados…….


En la investigación deben darse una serie de características para que sea en realidad científica:


 a)     Estar planificada, es decir, tener una previa organización, establecimiento de objetivos , formas de recolección y elaboración de datos y de realización de informe.

 b)    Contar con los instrumentos de recolección de datos que respondan a los criterios de validez, confiabilidad y discriminación, como mínimos requisitos para lograr un informe científicamente valido.

 c)    Ser original, esto es, apuntar a un conocimiento que no se posee o que este en duda y sea necesario verificar y no a una repetición reorganización de conocimientos que ya posean.

 d)    Ser objetiva, vale decir que el investigador debe tratar de eliminar las preferencias personales y los sentimientos que podrían desempeñar o enmascarar el resultado del trabajo de investigación.

 e)    Disponer de tiempo necesario a los efectos de no apresurar una información que no responda, objetivamente, al análisis de los datos que se dispone.

 f)    Apuntar a medidas numéricas, en el informe tratando de transformar los resultados en datos cuantitativos más fácilmente representables y comprensibles y más objetivos en la valoración final.

g)     Ofrecer resultados comprobables y verificarles en las mismas circunstancias en las se realizó la investigación.

 h)     Apuntar a principios generales trascendiendo los grupos o situaciones particulares investigados, para los que se requiere una técnica de muestreo con el necesario rigor científico, tanto en el método de selección como en la cantidad de la muestra, en relación con la población de que se trate.


            Según Guillén, A. (2008), las características que debe reunir un trabajo de investigación musical son:

-          Funcional (desde algún punto de vista como puede ser pedagógico, histórico,  técnico, etc.)
-          Respetuosa o Tolerante con otras líneas o postulados previos.
-          Acorde con las pautas sociales en las que se realiza: los contextos y las líneas de pensamiento en las que se basa deben ser las actuales e incluso pensar en cual pueden ser las pautas de un futuro muy cercano.
-          Propedéutica.

-          Situada culturalmente pero a la vez global: que sirva para una ente poblacional en concreto (Agost, España, Europa, Países industrializados), perol a la vez que pueda apoyarse, compararse o servir para otras culturas bien diferentes.

-          Rigurosa en contenido y forma.

-          Abierta y crítica consigo misma.

domingo, 25 de septiembre de 2011

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES 5

1.6. Dentro de la programación ¿se debe incluir un apartado de criterios de acción tutorial? ¿Se debe especificar en el apartado de evaluación cómo se realizara la recuperación? Las medidas de atención a la diversidad ¿se incluyen como un apartado independiente y deben ser incluidas todas las medidas que podemos emplear?

Hay que consultar en cada decreto la definición de currículo. Los criterios de acción tutorial no se piden, aunque los puedes citar. El apartado de evaluación sí se debe poner. Las medidas de atención a la diversidad, en comunidades como Andalucía, sí las piden pero hay otras que no lo especifican. Las competencias solamente están desarrolladas en el decreto de Castilla-La Mancha. 

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES 4

1.5. ¿Es Andalucía la única comunidad autónoma que tiene una ley propia de educación?

 No. Castilla-La Mancha también tiene una ley propia de educación. Se trata de la Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha.

viernes, 23 de septiembre de 2011

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES 3


1.3. No en todas las comunidades autónomas especifican qué debe contener una programación didáctica, por lo tanto, supongo que la estructura de la programación es flexible y viene dada por los elementos que la LOE define como currículo ¿es así?

Así es. Aunque no venga especificado en el decreto de una comunidad autónoma concreta, en el artículo 6 de la LOE, lo define y, en el REAL DECRETO 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de música, también.

Enseñanza del instrumento: La programación y las unidades didácticas

http://www.conservatoriovirtual.com/cursos_ficha.asp?Curso=65

jueves, 22 de septiembre de 2011

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES 2


1.2. A. ¿La programación didáctica la debe realizar todo el departamento, es decir, en el departamento, por ejemplo, de viento madera, por el profesor de clarinete, flauta, oboe, fagot y saxofón?

La legislación actual dictamina que la programación la tiene que hacer todo el departamento. Pero hay que tener en cuenta que el enunciado es para todo tipo de enseñanzas y, en la secundaria, los departamentos están formados por los distintos profesores de una misma asignatura. Es decir, matemáticas es un departamento, física es un departamento, etc., y en los conservatorios de música, los departamentos están formados por distintos instrumentos de una misma familia: viento-madera es un departamento, viento-metal es otro departamento, etc.

Entonces, según la legislación actual, la programación didáctica tienen que realizarla todos los profesores del departamento pero, en las enseñanzas musicales, esto resulta ser un contrasentido. En la actualidad, y buscando cauces de sentido común, el jefe del departamento, ordena a cada grupo de profesores de un mismo instrumento la confección de la misma.


1.2. B. Se supone que en la vida real es el departamento el que realiza la programación didáctica en función del Proyecto Educativo del Centro. ¿Los proyectos educativos son de lectura pública?, es decir, nosotros como opositores ¿tendríamos acceso a estos proyectos educativos?

Sí, los proyectos educativos son de lectura pública y deben estar expuestos para toda la comunidad educativa. Existen centros que lo publican en su web.

En el apartado 3 del Artículo 121 de la LOE, dice lo siguiente: “Corresponde a las Administraciones educativas establecer el marco general que permita a los centros públicos y privados concertados elaborar sus proyectos educativos, que deberán hacerse públicos con objeto de facilitar su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa. Asimismo, corresponde a las Administraciones educativas contribuir al desarrollo del currículo favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y del profesorado”.